DECRETA: LA INHABILITACION de la ciudadana MAGDA JOSEFINA VELASQUEZ VILEMA, plenamente identificada en los autos, declarándola INHABIL, para estar en juicio, celebrar transacciones, dar ni tomar a préstamos, percibir sus créditos, dar liberaciones, enajenar o gravar sus bienes, o para ejecutar cualquiera otro acto que exceda de la simple administración, sin la asistencia de su curador; designándose a tal efecto en este acto a la ciudadana VINAIN ANTONIETA YANEZ VIELMA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, con cédula de identidad nro. V- 8.896.671, y de este domicilio, con residencia en la urbanización vista hermosa, vereda 6, casa nro. 3, de ciudad Bolívar, estado Bolívar, por lo que se ordena notificarle a efectos de que comparezca EN EL SEGUNDO DIA DE DESPACHO SIGUIENTE una vez que sea practicada la misma, a las diez de la mañana, a objeto de que preste el juramento de Ley conforme a derecho tal como señala el Código Civil en materia de Curatela.
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