Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la inhibición formulada por el abogado JOSE FRANCISCO HERNANDEZ OSORIO, en su condición de Juez del Tribunal Superior Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, formulada en el asunto Nº FC01-X-2023-000002, contentivo del juicio que por CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN PROVENIENTE DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, interpusiera el ciudadano ADEL SAMARA SAMARA, (Presidente de la Sociedad Mercantil Grupo Samara C.A.), contra la ciudadana HILDA DEL VALLE BOGADO ROMERO, (Presidenta de la Sociedad Mercantil La Boutique del Cuero C.A.), de conformidad con los artículos 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, 12, 15, 88 y 247 del Código de Procedimiento Civil.