declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por LUIS MIGUEL MILLAN en su carácter de apoderado judicial de la parte actora SOCIEDAD MERCANTIL METAL TECHNICK. Queda así CONFIRMADA el auto de fecha 06-08-2007 dictado por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito del primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.