CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado RACHID RICARDO HASSANI EL SOUKI, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora ciudadano MARCOS ALBERTO CARLESI WIEDMANN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.194.529, contra los ciudadanos ROSA ELENA MARTINEZ ROJAS y CARLOS MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nros. V- 8.858.305 y 17.382.089 y de este domicilio, por DAÑOS Y PERJUICIOS DERIVADOS DE ACCIDENTE DE TRANSITO. En consecuencia queda así REVOCADA la sentencia interlocutoria dictada en fecha 11 de Mayo del año 2.009 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, y se ordena proseguir en la sustanciación del presente asunto.