Se dictó y publicó Sentencia Interlocutoria Nº PJ0172011000070, mediante la cual se declaró: Primero: Con lugar la declinatoria de competencia dictada en fecha 25/03/2011, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivar. Segundo: Competente el Juzgado del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.-