este Juzgado Tercero de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar con sede en Puerto Ordaz, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR el presente recurso de nulidad interpuesto por las abogadas EUGENIA MARTINEZ E YNEOMARIS VERA RIVERO, inscritas en el Inpreabogado bajo los números: 39.817 y 120.602, respectivamente; actuando como apoderados judiciales de la empresa SERVICIOS Y MANTENIMIENTOS FAPCO, C.A., contra la Providencia Administrativa No. SS-2011-00995 de fecha 17 de Noviembre de 2011, dictada por la Inspectoría del Trabajo "Alfredo Maneiro" de Puerto Ordaz del Estado Bolívar que declaró infractora a la empresa SERVICIOS Y MANTENIMIENTOS FAPCO, C.A. y le impuso una multa por la cantidad de (Bs. 119.941,22).
Dada, firmada y sellada en la sala del Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circun.....