ÚNICO: INADMISIBLE el Amparo Constitucional, interpuesto por los ciudadanos EXAVIEL ALEXANDER, ENOC JUVENAL PEREZ, ELSIO DIAZ y ALONSO FARFAN, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 11.515.413, 9.903.916, 13.102.769 y 8.916.519, en su condición de Secretarios de General, Secretario de Relaciones Interinstitucionales, Secretario de Transporte Y Secretario de Reclamos, respectivamente, debidamente asistido por el ciudadano IVAN RAMONES, Abogado en Ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 72.619, contra la empresa COMPAÑÍA GENERAL DE MINERIA DE VENEZUELA, C.A. (MINERVEN, C.A.).