Por las razones precedentemente expuestas, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO BOLIVAR EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la solidaridad de las empresas INVERSIONES HELITAC, C.A., Y OPERADORA HELITAC, C.A.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS, tiene incoado por la ciudadana CARMEN ERNESTINA GUTIERREZ DE MARCANO, titular de la cédula de identidad Nro. V- 4.936.174, en contra de la empresa demandada principal SERVICIOS DE DIAGNOSTICOS HELITAC, S.A. y solidariamente HELITAC GUAYANA, S.A., y GRUPO INTEGRAL HEMATO ONCOLOGICO DEL SUR, C.A., respectivamente, plenamente identificada en autos.
TERCERO: No hay condenatoria en costas.
Regístrese, publíquese y déjese copia en el compilador respectivo.
Dada, firmada y sellada en la Sal.....