Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PERIMIDA LA INSTANCIA EN EL PRESENTE JUICIO por RECURSO DE NULIDAD, interpuesto por la empresa Sociedad Mercantil DEGRAN & COMPAÑIA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en fecha 23 de abril de 2008, bajo el Nº 54, Tomo 21-A-Pro, contra el ACTO ADMINISTRATIVO Nº 2010-560, DICTADO EN FECHA 27 DE JULIO DE 2010, EMANADO DE LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO "ALFREDO MANEIRO" DE PUERTO ORDAZ, ESTADO BOLÍVAR. ASÍ EXPRESAMENTE SE DECIDE.
No se ordena la notificación de la parte actora, ni del tercero interesado, ni del órgano emisor del acto recurrido, pues los mismos se encuentran a derecho al haber librado este despacho judicial sendos autos periódicamente, instando al .....