En consecuencia, este Juzgado Quinto (5º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, de conformidad con lo establecido en los artículos 2, 26, 49, 253 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 12, 15, 242, 243, 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 6 y 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Que HOMOLOGA el DESISTIMIENTO del procedimiento efectuado por el ciudadano HECTOR ARMANDO GARBAN MATA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 16.614.025, e inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 132.632, en su carácter de apoderado judicial de las sociedades mercantiles FIBRANOVA, C. A., sociedad mercantil inscrita por ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 12 de agosto de 1998, bajo el No. 39 , Tomo 283-A Qto. y debidamen.....