En consecuencia, éste TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Homologa los acuerdos alcanzados por las partes contenidos en el escrito de acuerdo transaccional por la suma de VEINTE MIL BOLIVARES CON 00/00 CENTIMOS (Bs. 20.000.,00), en todas y cada una de sus partes dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, dándose por concluido el proceso y liberando de toda responsabilidad a la empresa demandada MINERVEN, C.A. como codemandada en forma solidaria. Agréguese a los autos la transacción, asÍ como sus anexos.