En mérito de las precedentes consideraciones, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, deja ACLARADA la sentencia dictada por este Despacho en fecha 16 de marzo de 2015, con ocasión al RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD contra la Providencia Administrativa 2014-00090 de fecha 04 de febrero de 2014 en el expediente Nº 051-2013-01-01355 emanada de la Inspectoría del Trabajo "Alfredo Maneiro" de Puerto Ordaz, estado Bolívar, presentado por el ciudadano LUIS GERARDO ZAMORA PASTRANO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.030.252, debidamente asistido por el ciudadano SIMÓN ANTONIO BLANCO, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 92.282. Así se decide.