NO COMPARECIENDO NINGUNA de las partes intervinientes en este proceso A LA prolongación DE LA aUDIENCIA pRELIMINAR, se hace forzoso para este Juzgado Octavo (8º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declarar el DESISTIMIENTO de este procedimiento y terminado el proceso.