la Ley declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el presente Juicio. Así se decide.
Conforme a la Ley de Registro Público, se ordena su remisión con oficio a la Oficina de Archivo Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar con sede en Puerto Ordaz. Líbrese notificación a la parte demandante de la presente decisión. Manténgase el expediente en el Tribunal hasta haber transcurrido cinco días posteriores a la notificación del demandante a los efectos de que realice los actos de impugnación que creyere conveniente para la defensa de sus derechos e intereses.
Líbrese el Cartel de Notificación ordenado. Cúmplase.-
EL JUEZ TEMPORAL
Abg. Lenin Arquímedes Brito.
LA SECRETARIA.