Se dictó sentencia declarándose competente y se admitió el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD, incoado por la sociedad mercantil SOCIEDAD VENEZOLANA DE ELECTRIFICACIÓN Y MONTAJE, C.A (SVEMCA), contra la Providencia Administrativa Nº 01-134, dictada el veinticuatro (24) de septiembre de 2001 emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE LA ZONA DEL HIERRO DEL ESTADO BOLÍVAR (actualmente denominada Inspectoría del Trabajo "Alfredo Maneiro" de Puerto Ordaz, Estado Bolívar), mediante la cual declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos de los ciudadanos HÉCTOR RIVAS, FRANCISCO ANDRES, LEONARDO HERNÁNDEZ y CARMEN DÍAZ.