Se dictó auto fundado mediante le cual se acuerda la DECLINATORIA DE COMPETENCIA POR EL TERRITORIO, toda vez que los hechos objeto del presente proceso se consumaron en la localidad de Palital, Municipio Independencia, Estado Anzoátegui adscrito a la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, siendo competencia para conocer de tales hechos un Tribunal de Primera Instancia en funciones de control correspondiente a esa Circunscripción Judicial del Estado Bolívar-Ciudad Bolívar, de conformidad con lo establecido en el articulo 58 del COPP.-