Se dictó auto de fundamentación de Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad, en contra del ciudadano ADOLFO JOSE URBINA GOMEZ, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V-25.277.227, la presunta comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el articulo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, todo conformidad con lo establecido en el articulo 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal.