Mediante Resolución No. PJ0842012000006, se dictó sentencia interlocutoria donde el Tribunal se declara INCOMPETENTE POR LA MATERIA, para conocer de la presente demanda, la cual seguirá conociendo el Juez de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil que le corresponda por distribución, y en consecuencia, declina la competencia al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil de esta Circunscripción Judicial.