En fuerza de los razonamientos anteriores, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara EL SOBRESEIMIENTO del presente procedimiento que por solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS interpuesta por los ciudadanos JUAN FRANCISCO NUÑEZ LUNA, EDITO RAFAEL NUÑEZ LUNA Y AMELIA YOLANDA NUÑEZ DE HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.62.792, V-4.982.779 y V-8.886.880, respectivamente, Debidamente asistidos por el ciudadano MAXIMO GUEVARA, abogado en libre ejercicio, inscrito en el IPSA bajo el número 242.328. ASÍ SE DECIDE.-
Regístrese y publíquese.
Dada, sellada, firmada y refrendada en el Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuit.....