Este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en fuerza de las consideraciones expuestas, y Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud presentada y, en consecuencia, se declara DISUELTO POR DIVORCIO el matrimonio civil contraído por los ciudadanos: FILOMENA GOMES DA SILVA, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad No. V-14.410.922, y JOSÉ FRANCISCO LÓPEZ GALINDO.