Este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, DECLARA INADMISIBLE la solicitud de DIVORCIO, intentada por los ciudadanos FELIX MARCELO y CLEMENCIA DEL CARMEN MAURERA INFANTE, venezolanos, mayores de edad, con cédulas de identidad Nros. V-798.902 y V-8.926.452, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada en libre ejercicio ANA TOLOZA DE VIVAS, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 87.307 y de este domicilio.-