Este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad a lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, se ha consumado de pleno derecho la PERENCIÓN DE INSTANCIA y, en consecuencia, se ha extinguido la instancia en el presente proceso.