Mediante Resolucion Nº:PJ0252023000190, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 585, 599, ordinal 7º del Código de Procedimiento Civil y 41 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Regulación de Arrendamiento Inmobiliario para el Uso Comercial, decreta:
1.- MEDIDA PREVENTIVA DE SECUESTRO solicitada por el apoderado de la parte actora sobre un inmueble constituido por un (01) local comercial y el terreno donde está enclavado, ubicado en la Avenida Libertador, de esta ciudad Bolívar, con una extensión de terreno de UN MIL SEISCIESNTOS SETENTA Y SEIS METREOS CUADRADOS CON CINCUNETA Y UN CENTIMETROS (1.676,51 M2), cuyos linderos son los siguientes: NORTE: en veintiséis metros con sesenta centímetros (26,60Mts.); .....