Este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, declara INADMISIBLE la solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS UNIVERSALES HEREDEROS presentada por los ciudadanos YORDI FABIAN ARREAZA JARAMILLO, ALESKA NAZARETH ARREAZA ARMARIO y GEICAR ALEXANDRA ARREAZA RAMIREZ, y, consecuencialmente se declara terminado el presente procedimiento.