Este Tribunal de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, le imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN teniéndose como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, en los términos señalados por las partes en su escrito de fecha 08 de Octubre de 2015. Se ordena oficiar a la Depositaria Judicial Las Moreas, a los fines de que realice la entrega de los bienes embargados en fecha 03 de Febrero de 2014, al representante de la Distribuidora Regional Angostura, C.A., previa cancelación de los aranceles judiciales de acuerdo a lo pactado por las partes en su cuarto particular.