Este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, DECLARA INADMISIBLE la pretensión de CONSIGNACIÓN DE CÁNONES DE ARRENDAMIENTO de local comercial, intentada por la ciudadana MARIA ALEJANDRA AREVALO DI BLASI.