Este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, declara INADMISIBLE la solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS UNIVERSALES HEREDEROS presentada por HIRSA COROMOTO MEDINA viuda de Delgado, IBRAHAN JORGEN DELGADO GOLINDANO, MARCOS EVANGELISTA DELGADO GOLINDANO, TAHIBIS JOSEFINA DELGADO MEDINA y NORKYS MARÍA DELGADO MEDINA, venezolanos, mayores de edad, con cédulas de identidad Nos. V-6.357.042, V-11.723.805, V-13.327.918, V-13.779.532 y V-15.468.986, debidamente asistidos por el abogado ANDRÉS L. OCHOA D., en libre ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 93.982 y de este domicilio y, consecuencialmente se declara terminado el presente procedimiento.