Este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, declara INADMISIBLE la SOLICITUD DE INSPECCION JUDICIAL presentada por KONAHY RODRIGUEZ, en representación del ciudadano CARLOS ALIRIO RODRIGUEZ FRANCO, de conformidad con lo establecido en el artículo 340, numeral 6°, en concordancia con el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil y, consecuencialmente se declara terminado el presente procedimiento.-