Este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la presente solicitud de DECLARACIÓN DE UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS, intentada por la ciudadana: NANCY RAQUEL HERNANDEZ DE MORALES, venezolana, mayor de edad, con cedula de identidad N° V-10.049.531, asistida por la abogada en libre ejercicio INGRID CASTRO BONALDE, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 93.131, titular de la cedula de identidad N° V-10.570.118.