Este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, le imparte la HOMOLOGACION al desistimiento de conformidad con lo establecido en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, teniéndose como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. ASÍ SE DECIDE.-