Este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, DECLARA INADMISIBLE la presente solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, intentada por los ciudadanos OMAR DE JESUS ARIAS GIL, RAIZA ISBELI ARIAS GIL y ANA SOBELLA ARIAS GIL.