Este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, DECLARA INADMISIBLE la solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, intentada por los ciudadanos JELEN DANIELA DE LA CONEPCIÓN FARÍAS y ALEXIS JAVIER CARMONA MARTÍNEZ, venezolanos, mayores de edad, con cédulas de identidad Nros. V-19.369.895 y V-19.298.348, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado en libre ejercicio JESUS RAMON BASANTA RONDON, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 294.751 y de este domicilio.-