Declarado lo anterior este Tribunal para decidir observa que la ciudadana MIRIAN FRANZULI ALVAREZ GUAPE, solicita se declare la extinción del vínculo conyugal que la une con el ciudadano RAFAEL SERBANDO ROJAS LEAL que habían contraído por ante la prefectura del Municipio General Manuel Cedeño del Estado Bolívar en la Oficina del Registro Civil de Matrimonios, en fecha 19 de agosto del año 1986, en razón de existir desafecto e incompatibilidad de caracteres entre su persona y su cónyuge, en atención a lo cual este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara "CON LUGAR" la solicitud presentada y, en consecuencia, disuelto por divorcio el matrimonio contraído por los ciudadanos: MIRIAN FRANZULI ALVAREZ GUAPE y RAFAEL SERBANDO ROJAS LEAL Así se decide.
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Una vez firme .....