DECISION
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara:
1. INCOMPETENTE POR LA MATERIA para conocer del presente asunto y en consecuencia, DECLINA la competencia para conocer y decidir la solicitud de título supletorio presentada por el ciudadano por REINA MARGARITA DOBLE LIRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.920.853 de este domicilio, cuya solicitud se encuentra visado por el abogado NANCYRA MARTINEZ abogada en libre ejercicio de este domicilio e inscrita en el inpreabogado bajo el número 110.655, uno cualquiera de los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Esta.....