DECISION
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara:
1. INCOMPETENTE POR EL TERRITORIO para conocer del presente asunto y en consecuencia, DECLINA la competencia para conocer y decidir la solicitud de título supletorio presentada por el ciudadano BENITO FELIX DIAZ GONZALEZ venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.635.482, de este domicilio, cuya solicitud se encuentra visado por la abogada GLADYS TIZAMO VARGAS, en uno cualquiera de los Juzgados de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Angostura de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, que por distribución le corresponda conocer de las presentes actuaciones. ASI SE DECIDE.-
2. De .....