DECISION
Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se declara:
1) INCOMPTENTE POR LA MATERIA PARA SUSTANCIAR EL PROCEDIMIENTO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS incoada por la ciudadana YUSMERY JOSE BRUNETTI RAMOS, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad Nº V- 20.263.056, debidamente asistida por la abogada en libre ejercicio AIDA CECILIA FREITES ABAD, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 203.476, y consecuencialmente, DECLINA LA COMPETENCIA en uno cualquiera de los Juzgados de Protección del Niño y del Adolescente de este Circuito y Circunscripción Judicial, que resulte competente por efectos de la distribución del sistema juris 2.000.-
2) De conformidad con lo establecido en el artículo 69 d.....