Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, imparte la HOMOLOGACION a la Disolución y Partición amistosa de los bienes que integran la Comunidad Conyugal que existió entre los ciudadanos: LISBETH DEL CARMEN Y JOSÉ RAFAEL ARANA ARANA venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-15.617.922 y V- 3.971.788, respectivamente, en consecuencia se declara disuelta la comunidad conyugal en los mismos términos expuestos en la solicitud que antecede, teniéndose la misma como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a los artículos 1.713 y 1.714 y 1.718 del Código Civil. Así se decide. Expídanse las copias certificadas que soliciten las partes con inserción del presente auto. Se da por terminado el presente asunto y se ordena su remisión al Archivo Judicial. Así se de.....