, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por RESOLUCION DE CONTRATO DE OPCION DE COMPRA-VENTA, incoada por la abogada Olga Gutiérrez Branchi, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-4.984.789, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 20.976, actuando en su condición de apoderada judicial de la ciudadana ANA YZABEL GARCIA RESPLANDOR, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-8.860.729 contra el ciudadano GETULIO DANIEL BATES CARVAJAL, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-4.978.885, domiciliado en Ciudad Bolívar, Municipio Heres del Estado Bolívar y asistido por el Carlos Andrés Miranda Goitia, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-11.725.407, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 119.245.
SEGUNDO: Resuelto el Contrato de Opción de Compraventa celebrado entre los ciudadanos ANA YZABEL GARCIA RESPLANDOR, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula .....