Decisión
Por todos los razonamientos antes expuestos este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, Declara CON LUGAR, la rectificación solicitada por el Ciudadano CARLOS LUIS SALAS RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, soltero de ocupación Operador de Maquinas, con domicilio en Ciudad Piar, Campo A-2, Municipio Bolivariana Angostura del Estado Bolívar y titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.866.333, debidamente asistido por el Abog. PEDRO LUIS SOLORZANO SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, de este domicilio inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 32.310, correspondiente al Acta de fecha 15/03/2016, inserta en el Libro de Defunciones bajo el Nº 06, Folio Nº 06, Libro I, del año 2016, llevado por la Primera Autoridad Civil del Municipio Bolivariano Angostura del Estado Bolívar, perteneciente a la Ciudadana BUENAVENTURA RAMIREZ DE SALAS, en consecuencia rectifíquese el .....