DISPOSITIVA: Por las razones antes expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR EL RECURSO DE REVISION, interpuesto por el Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, de conformidad con lo establecido en el Artículo 475 del Código Orgánico Procesal penal, en relación con el Artículo 470 Numeral 6 Ejusdem, RATIFICA en lo atinente exclusivamente a la pena de la sentencia Publicada en fecha 10 de Junio de 2005, por el Tribunal Segundo de Control del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, mediante la cual condeno al ciudadano JHON ANTHONI MAUD, de nacionalidad Inglesa, natural de Birmingham, Inglaterra, pasaporte Nº 085104805, a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRESIDIO, de conformidad con el artí.....