Se declara INCOMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Abogado DAVID AROCHA NUÑEZ, actuando en su carácter de Defensor Privado del Ciudadano Teniente de Fragata (ARM) GILDARDO ALEXANDER GUERRA MONCADA, contra la Resolución Judicial, dictada por el Juzgado Décimo Séptimo de Control Penal Militar de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, mediante auto publicado en fecha once de abril de dos mil seis (11-04-2006), y la cual negó pronunciarse con respecto a la revisión de la medida, peticionada ésta en tiempo útil, hasta tanto se resuelva el conflicto de competencia ventilado ante la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia; y en razón de los argumentos expuestos, en atención a lo dispuesto en el artículo 79 del Código Orgánico Procesal Penal SE ORDENA remitir el presente conflicto de no conocer, a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia a fin de dilucidar el conflicto de competencia planteado.-