Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el Ciudadano Abog. FRANCISCO SIERRA procediendo en su condición de Defensor Privado y que con tal carácter actúa en asistencia técnica de la ciudadana NORMA MARQUEZ CARRERA, imputada en el caso sub examinis, seguido en su contra por su presunta incursión en la comisión del ilícito de CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA.
En consecuencia de lo arriba apostillado queda CONFIRMADA la decisión dictada en fecha 10 de Octubre del año 2008, emitida en ocasión a la celebración de la Audiencia Preliminar por ante el Tribunal Segundo Itinerante de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, con sede en la Ciudad de Puerto Ordaz, en donde se acordara procedente DIVISION DE LA CONTINENCIA DE LA CAUSA, ello en relación a la imputa ut supra.