SE DECLARA: CON LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por el Abg. MANUEL CAMACHO, actuando con el carácter de Defensor Público Penal Nº 2 de los ciudadanos WILFREDO JOSE BLANCO, DELVIS MENESES VASQUEZ y ALFREDO JOSE SOTO, donde recurre de la Decisión de fecha 08-06-2006, dictada por el Juez Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, extensión territorial Puerto Ordaz, en la cual NIEGA LA SOLICITUD DE ARCHIVO FISCAL. En consecuencia se ANULA la decisión viciada, de conformidad con lo establecido en los articulo 190 y 195 del Código Orgánico Procesal Penal y se ordena que un Tribunal de Primera Instancia en función de Control, distinto al que produjo la decisión anulada se pronuncie en cuanto a la solicitud de ARCHIVO JUDICIAL, hecha por el recurrente, Abog. Manuel Camacho, en la causa 2C-1955, seguida a los ciudadanos Wilfredo José Blanco, Delvis Meneses Vásquez y Alfredo José Soto. Todo ello en sintonía con el artículo 45.....