DECISION
En mérito de todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, actuando en nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 630 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EJECUTIVO sobre:
PRIMERO: La cantidad de MIL CUATROSCIENTOS NUEVE EUROS CON CUARENTA Y CUATRO CENTIMOS DE EUROS (1.409, 44€) o su equivalente en BOLIVARES al día del pago, que constituye el monto adeudado por el servicio de Condominio, de los meses de Octubre, noviembre y diciembre de 2022, Enero, Febrero, Marzo, Abril, Mayo, Junio, Julio, Agosto, Septiembre, Octubre, Noviembre y Diciembre de 2.023, Enero, Febrero, Marzo, Abril, Mayo, Junio, Julio, Agosto, Septiembre, Octubre, Noviembre y Diciembre de 2.024 y Enero, Febrero, Marzo, Abril, Mayo, Junio, Julio, Agosto, Septiembre, Octubre Y Noviembre de 2.025, con f.....