Mediante Resolucion Nº: PJ0252025000189, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, DECLARA INADMISIBLE, la presente solicitud de, RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, presentado por la ciudadana, , venezolana, mayor de edad, titular de las cedula Nro. V-24.038.113; debidamente asistido por el ciudadano: ANGEL DELGADO, Abogado en libre ejercicio e Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 207.638, respectivamente de este domicilio.-