CAPÍTULO IV
DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones precedentes, el Juzgado Segundo de
Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del
Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar Administrando
justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara de oficio
CONSUMADA LA PERENCIÓN BREVE, y, en consecuencia, EXTINGUIDO EL
PROCESO, contentivo del juicio por Acción mero declarativa de concubinato,
incoada por el ciudadano Héctor Rafael Camacho, venezolano, mayor de edad,
titular de la cédula de identidad Nro. V-3.346.656, contra de los ciudadanos Erick
José Reina, Miraida Nohemí Camacho Reina, Marisabel Camacho Reina,
Marianela Camacho Reina, Francis Eukarina Camacho Reina, Héctor Rafael
Camacho Reina, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de
identidad Nros. V- 11.517.270, V-12.142548, V-13.120.197, V-13.570.600, V-
18.451.622, V-16.025.645.
Se ordena la notificación de la presente decisión a.....