CAPITULO IV
DISPOSITIVO:
Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DE TRANSITO Y MARÍTIMO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR , en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en los artículos 12, 15, 242, 243, 249, 254, 264, 263 y 265, en concordancia con el artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, este Tribunal declara:
Primero: HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO manifestado por la parte demandada, Sociedad Mercantil DESARROLLOS ATLANTIC, C.A., representada en este acto por el ciudadano HATTIM HASSAN KAIS YORDI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.962.992, en su carácter de Presidente de dicha sociedad mercantil, debidamente asistido por el ciudadano WOLGFAN DE JESÚS THOMAS, abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 36.253, en los términos expr.....