Este Juzgado Tercero De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas Del Municipio Caroní Del Segundo Circuito De La Circunscripción Judicial Del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, conforme a lo establecido en el Artículo 185 del Código Civil y en la sentencia Nº 1070 del 09 de Diciembre del año 2016 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia Declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por la Ciudadana Estefany Carolina Blanco Campos, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 17.337.973, contra el Ciudadano Joeluis Jesús BalleraHary, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 21.247.395, y en consecuencia de ello, se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 10-05-2013, ante la Autoridad Civil del Municipio Caroní del estado Bolívar, según acta de matrimonio número 172, libro 02 del año 2013, la cual quedo as.....