Se dictó sentencia decretándose la EJECUCIÓN VOLUNTARIA de la transacción judicial homologada el nueve (09) de julio de 2012 entre la Entidad Financiera BANCO DE VENEZUELA, S.A. BANCO UNIVERSAL y la sociedad mercantil G&P CONSTRUCTORES, S.A. (CONSTRUCTORES), en consecuencia: PRIMERO: Se ordena notificar a la sociedad mercantil G&P CONSTRUCTORES, S.A. a los fines que dé cumplimiento voluntario a la transacción judicial homologada el nueve (09) de julio de 2012, en tal sentido, se fija un lapso de diez (10) días de despacho siguientes a que conste en autos su notificación para que proceda al cumplimiento voluntario de la referida transacción mediante el pago de la cantidad de quinientos cuarenta y siete mil ciento treinta y nueve bolívares con cincuenta y cinco céntimos (Bs. 547.139,55), tal como fue acordado por las partes en la mencionada transacción homologada.