D E C I S I O N
En razón de lo expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la denuncia contenida en el recurso de apelación interpuesto por la abogada Criseida Vallenilla, en su condición de Defensora Privada del acusado Cesar Armando Bucarito, contra la decisión emitida por el Juez Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal, que Admitió la acusación Fiscal, en la causa signada con el N° NP01-P-2009-000250, con motivo de la Audiencia Preliminar de fecha 10 de Diciembre de 2009. Publíquese y regístrese y bájese la presente incidencia al Tribunal de Origen.